Sala IV condena a violación de libertad de expresión en el fútbol tico

Los reglamentos en la Unafut son estrictos con las declaraciones de los protagonistas.
La Sala Constitucional anuló la sanción económica impuesta por el Tribunal Disciplinario de la Federación Costarricense de Fútbol (Fedefútbol) al técnico José Giacone Garita, al considerar que se violó su derecho fundamental a la libertad de expresión.
El castigo, una multa de ₡1 millón, había sido dictado en febrero de 2025 luego de que Giacone emitiera comentarios críticos sobre el arbitraje nacional durante una conferencia de prensa. Según los magistrados, las expresiones del entrenador estaban dentro del margen aceptable del debate público en el deporte, aunque fueran severas.
En su resolución 2025-24742, la Sala determinó que el artículo 44 BIS del reglamento disciplinario de la Fedefútbol, que fue la base de la sanción, se aplicó de forma desproporcionada. Añadieron que la penalización generó un efecto inhibitorio no solo en Giacone, sino también en otros actores del fútbol costarricense.
La mayoría de magistrados señaló que este tipo de sanciones afecta el derecho del público a recibir opiniones sobre temas de interés general, como lo es el desempeño de los árbitros en partidos oficiales. Subrayaron que los comentarios del técnico no incluyeron insultos ni incitación a la violencia.
Además de anular la sanción, la Sala IV condenó a la Fedefútbol al pago de costas, daños y perjuicios, monto que deberá definirse en la vía civil. Este fallo podría sentar un precedente relevante sobre los límites del control disciplinario en el fútbol y la libertad de expresión de sus protagonistas.
Solo dos magistrados, Salazar Alvarado y Garro Vargas, se manifestaron en contra del fallo. Ellos consideraron que el recurso no debía ser acogido.
La sentencia completa será publicada una vez finalice su redacción formal. Mientras tanto, el caso reabre el debate sobre hasta dónde pueden llegar las sanciones deportivas sin vulnerar derechos constitucionales.